Sinaloa México
EDITORES / GUILLERMO SANDOVAL G / M ROCÍO SÁNCHEZ B

AUSENCIA DE UNA METODOLOGÍA CIENTÍFICA PARA ANÁLISIS SOCIOLOGICO: CASO DE LA DRA. ANA LUZ RUELAS Y LA REINGIENERIA FINANCIERA EN LA UAS

De “buena onda” y notable ausencia de un análisis científico legal y sociológico lo escrito y publicado por la Dra. Ana Luz Ruelas el día 17 de enero, donde intenta justificar su disposición a aportar parte de su ingreso para evitar la “quiebra financiera de la institución”.
 
por Ramon Fajardo Madrid
 
En el cuerpo de su análisis no toma en cuenta la presunción legal y humana que a favor del personal activo y jubilado se desprende del contenido de la constitución, La Ley Federal del Trabajo y lo dispuesto en el Contrato colectivo de Trabajo. No toma postura sobre la distorsión en el manejo de los recursos financieros en que incurren las autoridades universitarias, que puede ser la causa de los problemas económicas de la UAS. Pero lo que si es inaceptable es su afirmación de que hay una doble jubilación que convierte a los trabajadores universitarios en una “élite con una situación envidiable” que causa rechazo en la sociedad.
Como la Doctora no sustenta de dónde saca eso del rechazo de la población a quienes se oponen a la aportación a costa de su salario, se puede inferir que es solo una frase más del escrito para justificar la propuesta de reingeniería financiera.
Hay que decir que varios sindicatos universitarios conquistaron el derecho de la jubilación dinámica. Jubilados de Comisión Federal de Electricidad, por ejemplo, también tienen esta prestación. No es ilegal ni moralmente malo. La prestación del IMSS y la de la UAS son de naturaleza distinta y tienen su legitimidad propia: la primera se desprende de las aportaciones económicas que se realizaron al Instituto durante todo el tiempo de vida laboral activa; mientras que la segunda, se desprende de nuestro derecho contractual por el tiempo laborado en la UAS. Ambas son legales y tienen su naturaleza legitima en tanto se desprenden de preceptos normativos vigentes. Eso no hace ricos a los jubilados ni los obliga a financiar el sistema de educación superior, toda vez que eso es responsabilidad y obligación del estado.
Por ultimo. Una institución como la UAS no puede declararse en insolvencia, la ley prevé un proceso de quiebra que implicaría un proceso de solicitud para la supervisión judicial de una reestructuración financiera liquidando activos para cubrir obligaciones. Pero eso lo abordaré en una próxima reflexión. Saludos.
Atentamente